domingo, 17 de agosto de 2008

ECUADOR: Nueva Constitución y Diversidad Sexual

Ecuador tendría la Constitución más progresista de Latinoamérica

Hace una década, Ecuador fue el primer país latinoamericano que reconoció el derecho a la no discriminación por orientación sexual (1998). En ese entonces, en medio de convulsiones políticas, los movimientos sociales presionaron hacia la concreción de una nueva Constitución, la cual no contó con el beneplácito de las clases conservadoras.

En los siguientes diez años, aunque los colectivos LGTB ecuatorianos desarrollaron un conjunto de acciones, no hubo un mayor desarrollo del principio de no discriminación, sobre todo relacionado a la orientación sexual y a la identidad de género.

En el año 2004, en el marco del primer Foro Social de las Américas, los colectivos LGTB mayoritariamente opinaban que el principio constitucional, tal como estaba, sólo tenía un significado simbólico, ya que era difícil darle una utilidad práctica frente a los casos de discriminación.

Hoy, tras este itinerario de lucha y luego de largos períodos de inestabilidad política, Ecuador se encuentra otra vez ante la posibilidad de un nuevo pacto social que refunde la república, pero sobre bases de inclusión real, ojalá más concreta que meramente formal: "Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos y oportunidades".

Resultado de este proceso es el nuevo texto constitucional -terminado de redactar a fines de julio de este año- que será sometido a referendo del pueblo ecuatoriano en septiembre próximo.

La novedad del texto es que, en un marco de ampliación de derechos fundamentales -camino hacia una ciudadanía real y plena-, se concretizan algunos aspectos de suma importancia para las comunidades LGTB, como la inclusión del derecho de no discriminación por identidad de género (un persistente reclamo principalmente de las comunidades trans), que se agrega al ya existente derecho a la no discriminación por orientación sexual.

Ello permite puntualizar que en los tiempos actuales los actos de discriminación por tales motivos deberán ser sancionados, ya que es obligación estatal cautelar los derechos humanos de todas las personas. Es más, el nuevo texto precisa como deber y responsabilidad de las/os ecuatorianas/os respetar y reconocer las diferencias de género y la orientación e identidad sexual.

En el campo de los derechos sexuales, el nuevo proyecto de Constitución reconoce el derecho de toda persona a tomar sus propias decisiones en el ámbito de la sexualidad, su vida y la orientación sexual, con lo cual se busca la protección de muchas personas LGBT que sufren actos de coacción y que se ven obligadas a vivir como heterosexuales.

Otro hecho trascendente es el reconocimiento de "la unión estable y monogámica entre dos personas libres [sin importar su sexo] de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho". Esta unión genera los mismos derechos y obligaciones que el matrimonio heterosexual, con lo cual se estaría abonando hacia el igual reconocimiento de derechos de las parejas del mismo sexo. También reconoce a la familia en sus diversos tipos.

Sin embargo, debe quedar claro que, aunque este es un gran paso en el marco de la lucha LGBT, no debemos dejar de señalar la diferenciación que hace el texto constitucional respecto a que "el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer", o la precisión de que la "adopción corresponderá sólo a parejas de distinto sexo", cayendo así en contradicción, si suponemos que se está apostando a la igualdad plena, pues el matrimonio, la paternidad/maternidad, y las obligaciones para con los/las hijos/as son también preocupaciones materiales actuales en la vida de muchos LGBT. Además, no debemos olvidar que hablar de estos temas hoy está estrechamente vinculado con la exigencia de respetar, además de los derechos civiles y políticos, los derechos económicos, sociales, culturales, sexuales y reproductivos.

A la par, es importante indicar que el nuevo texto trae un conjunto de artículos en los campos de la educación y la salud que buscan garantizar la equidad de género y el ejercicio pleno de la sexualidad, como brindar atención integral de salud, salud sexual y salud reproductiva.

Con todo, este texto constitucional, obviamente, ha generado resistencias en la cúpula de la iglesia católica y en los partidos de derecha. No obstante, será la ciudadanía ecuatoriana la que dentro de poco, a través de la consulta de referéndum, se levantará y ratificará su vocación de justicia, inclusiva, responsable, solidaria y ciudadana. Con ello, Ecuador se pondrá nuevamente a la vanguardia del reconocimiento de los derechos de las personas LGTB.

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